Renting de impresoras para empresas en Cantabria. Una sola cuota, sin inversión inicial, desde 1987.
Equipos HP, Sharp, Brother y Lexmark para su empresa en Santander y Cantabria. Tóner, consumibles, mantenimiento preventivo, reparaciones y asistencia técnica: todo incluido en una sola cuota mensual fija. Sin inversión inicial, sin sorpresas.
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Renting de impresoras · Cantabria
Configure el uso real de su oficina y reciba una orientación inmediata. La propuesta final se ajusta al equipo, al volumen, al coste por página y al servicio incluido.
Uso de la oficina
Una estimación es suficiente para empezar.
Necesidades
Esto evita quedarse corto o pagar por capacidad innecesaria.
Sin inversión inicial
El coste del equipo se distribuye en cuotas mensuales a lo largo del contrato. No se requiere desembolso inicial ni se compromete la liquidez de la empresa. La impresión pasa de inversión a gasto corriente.
Todo incluido en la cuota
Tóner y consumibles, piezas, mano de obra, desplazamientos y mantenimiento preventivo. Asistencia técnica con respuesta garantizada en menos de 2 horas en Santander y Cantabria. Sin facturas adicionales durante la vigencia del contrato.
Coste ajustado a su volumen real
La cuota mensual cubre el equipo y el servicio completo. El coste por página en blanco y negro y en color se calcula sobre su impresión real, sin mínimos obligatorios ni penalizaciones. Utilice nuestro configurador para estimar su cuota orientativa.
Tecnología siempre actualizada
Al vencer el contrato, su empresa accede a equipos de nueva generación sin inversión adicional. Sin obsolescencia, sin coste de desinversión, sin gestión de activos depreciados.
100 % deducible, IVA recuperable
Las cuotas de renting son gasto deducible en el Impuesto de Sociedades. El IVA soportado es íntegramente recuperable. A diferencia de la compra, el equipo no figura en el balance como activo ni pasivo financiero.
Gasto predecible, presupuesto controlado
Cuota fija mensual conocida de antemano, sin facturas de reparación imprevistas ni consumibles fuera de contrato. La impresión deja de ser una partida variable y pasa a ser un coste planificable.
Por qué Sercosan para el renting de impresoras
en Cantabria
Asistencia técnica en Cantabria
Respuesta en menos de 2 horas. Técnicos propios en Santander, sin externalizar el servicio.
Multimarca, sin ataduras
HP, Sharp, Lexmark, Brother. Le recomendamos el equipo más adecuado a su volumen, no el que más nos conviene vender.
Contratos de 36, 48 o 60 meses
Permanencia adaptada al ciclo de vida del equipo y a las necesidades de su empresa. A mayor plazo, menor cuota mensual.
En Cantabria desde 1987
Empresas, clínicas, colegios y administraciones públicas. Conocemos el tejido empresarial de Cantabria y lo gestionamos con un solo interlocutor.
Preguntas Frecuentes sobre el Renting de Impresoras
En renting, la cuota mensual incluye el equipo, el mantenimiento, los consumibles y el soporte técnico: sin inversión inicial ni costes adicionales. La compra requiere desembolso inmediato, gastos de mantenimiento por separado y la gestión de un activo que pierde valor. Para empresas con un volumen regular de impresión, el renting resulta más eficiente en coste total y elimina la carga de gestión del equipo.
Trabajamos con HP, Sharp, Brother y Lexmark, tanto en equipos A4 como A3, monocromo y color, para impresión de oficina y producción. Al ser distribuidores multimarca, le recomendamos el equipo más adecuado a su situación concreta, sin condicionantes de marca.
Al finalizar el plazo acordado puede renovar el contrato con equipos de nueva generación, ampliar o reducir el número de equipos, o adquirir la maquinaria a valor residual. La renovación con equipos actualizados es la opción más habitual entre nuestros clientes.
Los contratos se formalizan habitualmente a 36, 48 o 60 meses, en función del tipo de equipo y el volumen contratado. A mayor permanencia, menor cuota mensual. No existen penalizaciones por uso dentro de los términos del contrato.
Sí. Las cuotas de renting son gasto deducible en el Impuesto de Sociedades, y el IVA soportado es íntegramente recuperable para empresas con derecho a deducción. Le recomendamos consultar a su asesor fiscal para valorar el impacto específico en la tributación de su empresa.


